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Medidas del COE por variante Ómicron son inconstitucionales, según expertos

Medidas del COE por variante Ómicron son inconstitucionales, según expertos
El presidente del COE Nacional, Juan Zapata, instó a las autoridades locales a controlar los aforos en los locales de actividades no esenciales para evitar la propagación del covid-19. Foto: Intendencia de Policía de Pichincha
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Abogados constitucionalistas consultados por este Diario coinciden que las medidas adoptadas por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, para contener la propagación de la variante Ómicron, son ‘inconstitucionales’.

El martes 21 de diciembre del 2021, el COE resolvió por unanimidad la prohibición de eventos públicos y privados en bares, discotecas, centros de tolerancia, centros de convenciones (cenas y almuerzos corporativos), salas de recepciones. Tampoco se podrá realizar conciertos, procesiones, novenas en espacio público, festivales, fiestas populares y eventos barriales, entre otros.

La Autoridad sanitaria nacional también debe emitir una norma técnica para exigir de forma obligatoria la presentación del certificado o carné de vacunación con esquema completo para ingresar a lugares de atención al público a personas mayores de 12 años, excepto actividades relacionadas con la salud, educación, trabajo y servicios públicos.

Estas disposiciones comienzan a regir a escala nacional desde el 23 de diciembre del 2021 hasta el 23 de enero del 2022. La finalidad es evitar la expansión de Ómicron, la nueva variante del coronavirus, durante las festividades de Navidad y fin de año.

Este miércoles 22 de diciembre del 2021, el abogado constitucionalista Rafael Oyarte, indicó que las decisiones para evitar la propagación del coronavirus “no deben implicar una violación a la Constitución”.

De hecho, el artículo 66 de la Carta Magna establece que se “reconocerá y garantizará el derecho de las personas de asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”.

Según Oyarte, la resolución del COE “restringe derechos fundamentales de las personas y está fuera del margen de la Constitución”.

La jurista Pamela Aguirre señala que para limitar este tipo de derechos constitucionales debe existir una ley orgánica o el presidente Guillermo Lasso debe decretar un estado de excepción.

Aguirre recuerda que el año pasado la Corte Constitucional exhortó al Primer Mandatario para que envíe a la Asamblea un proyecto de ley para gestionar las restricciones de los derechos de las personas por la pandemia. Sin embargo, este proyecto de ley no se ha concretado.

“Con estas decisiones del COE, cualquier persona puede presentar una demanda de inconstitucionalidad en la Corte Constitucional”, indicó Aguirre. Añadió que el organismo de emergencia “debe rectificar su accionar”.

Un criterio similar comparte el constitucionalista Emilio Suárez. “Las medidas adoptadas por el COE son inconstitucionales, pues ese organismo no tiene competencia para limitar el ejercicio de ningún derecho. Salvo haya estado de excepción y se establezca esa competencia en el decreto”.

El abogado Ismael Quintana también se pronunció a través de su cuenta de Twitter. Dijo que no se puede vía resolución, limitar derechos fundamentales. “Las decisiones del COE Nacional no tienen valor jurídico”

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