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Policía Santiago Olmedo debe esperar para saber si va 13 años a la cárcel

Policía Santiago Olmedo debe esperar para saber si va 13 años a la cárcel
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El cabo de la Policía Nacional, Santiago Olmedo, debe esperar un tiempo más para saber si se ratifica, modifica o elimina la sentencia de 13 años de cárcel que pesa en su contra.

Olmedo tenía el 29 de noviembre una audiencia de casación en la Corte Nacional de Justicia, pero esta se suspendió por segunda vez. En esta ocasión, el diferimiento se dio debido a que dos jueces que llevan el caso estaban de vacaciones.

Esta audiencia es la última oportunidad que tiene Olmedo para revertir su condena, que ha sido ratificada anteriormente por dos tribunales menores.

En primera instancia, Olmedo fue sentenciado a tres años y cuatro meses de prisión, pero apeló ante un Tribunal superior, el que revisó la causa y elevó la pena a 13 años de cárcel para el policía oriundo de Imbabura.

La acusación contra Olmedo

La vida de Olmedo cambió un 11 de junio del 2021 cuando presenció un asalto en el sector norte de la ciudad de Riobamba.

Un menor de edad fue sometido por dos delincuentes en presencia de Olmedo, que vestía de civil en ese día. El gendarme intervino y utilizó su arma de dotación, abatiendo a dos de los tres implicados en el asalto.

La Policía Nacional respaldó el accionar de Olmedo y lo mantuvo en sus filas.

Olmedo fue condenado en enero del 2022 a tres años y cuatro meses de cárcel.

Pero en agosto del mismo año, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo, por voto de mayoría, aceptó el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía General del Estado e impuso una sentencia de 13 años de cárcel.

Versiones cruzadas

El aumento de sentencia se basa en la teoría de la Fiscalía de que Olmedo se extralimitó en la ejecución de un acto de servicio. Esta teoría se basa en que las pericias determinaron que el gendarme disparó a los presuntos delincuentes por la espalda, cuando estos escapaban del lugar.

También pesó el argumento de que ellos llevaban armas blancas y él utilizó su arma de dotación.

Según el artículo 293 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) el delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio se configura cuando un miembro de la fuerza pública “inobserva el uso progresivo o racional de la fuerza y produce la muerte de una persona".

Sin embargo, Olmedo y su defensa, incluída la Policía Nacional,  señalan que su actuación se produjo “en el cumplimiento de su deber y bajo la normativa legal vigente”.

Señalan también que Olmedo salvó la vida de un adolescente que estaba siendo víctima de la delincuencia, e incluso arriesgó su integridad para repeler a los presuntos delincuentes.

“Si me preguntan si lo volvería hacer, lo volvería a hacer para salvar vidas”, ha repetido Olmedo las veces que ha sido requerido por la prensa.


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