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Corte Constitucional dispone que Salud publique lista de la fase 0 de vacunación

Corte Constitucional dispone que Salud publique lista de la fase 0 de vacunación
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Con ocho votos a favor, el Pleno de la Corte Constitucional (CC) emitió una sentencia por la cual dispone que en el plazo de un mes el Ministerio de Salud Pública publique en el portal web el número de vacunas contra el covid-19 que llegaron al Ecuador en la “fase 0” y la distribución realizada por provincias.

La sentencia de la CC fue aprobada en una sesión ordinaria que se llevó a cabo el 1 de diciembre de 2021.

La Corte revisó dos acciones de acceso a la información pública presentadas el 25 de enero de este año por la Defensoría del Pueblo en contra del Ministerio de Salud, en las que se solicita se entregue información sobre el número de vacunas, el listado de personas inmunizadas y el protocolo de vacunación. Además, resolvió que la información debe ser entregada porque es considerada pública.

En su dictamen la Corte declaró la vulneración al derecho al acceso a la información pública de todas las personas por no entregar la información solicitada por la Defensoría del Pueblo.

También confirmó la sentencia del 17 de marzo de 2021 emitida por la Corte Provincial de Chimborazo; revocó y dejó sin efecto la sentencia del 14 de abril emitida por la Corte Provincial de Tungurahua; por último, la CC confirmó la sentencia de la Unidad Judicial de Ambato del 26 de febrero de 2021.

En el punto cuarto de la sentencia, la Corte dispone la entrega a la Defensoría del Pueblo, mediante oficio dirigido a la máxima autoridad de la institución y la misma que deberá ser publicada en el portal del MSP, en el plazo de un mes, de la siguiente información de las provincias de Chimborazo y Tungurahua:

1.– El número de vacunas que llegaron al Ecuador en la denominada “fase 0” y la distribución realizada por provincias.

2.- Listado de las personas que han recibido la vacuna en la denominada “fase 0”, debiendo indicar de ella los nombres y apellidos, edad, si pertenece al personal de salud y si es una persona adulta mayor, sin que sea necesario proporcionar el número de cédula de ciudadanía de las personas vacunadas.

3.- El protocolo de vacunación utilizado para la inoculación de la vacuna en la denominada “fase 0”.

La Corte asimismo pide que una vez que se cumpla el plazo para la entrega de información el Ministerio de Salud Pública y la Defensoría del Pueblo informen a la CC sobre el cumplimiento de la sentencia.

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